Regímenes y beneficios tributarios especiales – RUS
El RUS, comprende a aquellos empresarios cuyos ingresos brutos (total de ingresos) y adquisiciones no excedan, cada uno, de S/ 8,000.00 mensuales o (S/ 96.000 anuales).
El RUS está dirigido a las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que obtengan exclusivamente Rentas Empresariales, así como a las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
¿Qué tributos paga el RUS?
Este Régimen reúne en un solo pago al Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, así sustituye con un único tributo, de liquidación mensual, tres impuestos, con una carga tributaria bastante reducida.
¿Cuál es la cuota que pagan en este Régimen?
El pago de la cuota única, de periodicidad mensual, se realiza de acuerdo con la categoría que corresponda según el total de ingresos brutos mensuales o adquisiciones que mantengan, conforme a la siguiente Tabla, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Asimismo, existe una “Categoría Especial” que comprende a aquellos sujetos que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces y semillas; así como aquellos sujetos dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.
Siempre que el total de sus ingresos brutos y adquisiciones anuales no excedan, cada uno de S/.60, 000 por año. Los contribuyentes que se acojan al presente Régimen y no se ubiquen en categoría alguna, se encontrarán comprendidos en la categoría 2 hasta el mes en que comuniquen la que le corresponde.

¿Qué tipo de contribuyentes no pueden acogerse?
No podrán acogerse a este Régimen las personas naturales o sucesiones indivisas cuyos ingresos brutos o sus adquisiciones sean superiores a S/ 96.000 anuales, que realicen sus actividades en más de un local, o que el valor de sus activos fijos supere los S/.70,000.
Igualmente, no podrán acogerse a este Régimen los sujetos que presten el servicio de transporte de carga de mercancías mayor o igual a 2 TM, y/o el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros; que sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas, agencias de viaje, propaganda y/o publicidad, realicen ventas de inmuebles, entre otros casos.
¿Cuáles son las obligaciones para los contribuyentes del RUS?
- Emitir y entregar sólo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora. Al final del día, el titular del negocio deberá emitir una sola boleta de venta por las ventas iguales o menores a S/.5 por las que no hubiera emitido boleta.
- Sustentar sus compras con comprobantes de pago que den derecho a su deducción costo o gasto, como son: facturas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, recibos de servicios, arrendamiento, etc.
- Pagar sus cuotas mensuales según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por SUNAT.
- Archivar cronológicamente sus comprobantes de pago de compras y ventas.
- Mantener actualizado su RUC.
¿Qué principales beneficios tributarios tiene el Régimen RUS?
- No se encuentran obligados a llevar libros y registros contables.
- Los sujetos del Nuevo RUS a quienes se les hubiera efectuado percepciones por concepto del IGV podrán compensarlo contra sus cuotas mensuales del Nuevo RUS o solicitar la devolución del monto percibido.
- No deberán realizar declaraciones tributarias mensuales, siendo que el pago de su cuota tendrá carácter de declaración jurada y será cancelatorio.
- Menor carga tributaria para negocios locales.
¿Cómo ingreso al Régimen RUS si provengo de otro Régimen Tributario?
Los contribuyentes del Régimen General, Régimen Mype Tributario o Régimen Especial sólo podrán acogerse al Nuevo RUS con ocasión de la declaración y pago correspondiente al periodo enero de cada ejercicio gravable y, siempre que se efectúen hasta la fecha de vencimiento.
No obstante, para acceder a dicho régimen deberán tener en cuenta las actividades permitidas y alcances de la norma.
Como conclusión, este régimen es beneficioso para pequeños empresarios que emprenden negocios locales y que deseen tener una carga tributaria liviana que les permita hacer crecer su negocio, pero ten en cuenta que al ser un régimen tributario básico.
Este régimen no te servirá para sustentar historial crediticio o solvencia ante las entidades financieras, ya que estas últimas suelen otorgar créditos basados en las declaraciones de IGV-Renta correspondientes de facturas por la compra y venta de bienes o servicios.