Aspectos relevantes para tu declaración jurada anual de persona natural 2020
Desde el 25.03 al 12.04 las personas naturales que hayan percibido rentas de primera categoría (alquileres), segunda categoría (regalías, dividendos, etc.), cuarta categoría (recibo por honorarios) y quinta categoría (planilla de remuneraciones) deberán realizar la DDJJ Anual correspondiente al periodo 2020.
Tienes dos plataformas para realizar tu declaración de renta anual, desde la comodidad de tu casa o celular. El primero es el formulario virtual 709 disponible en el portal de Sunat, y el segundo es desde el APP Personas disponible en Play Store, en ambos deberás acceder con tu DNI y clave Sol.
Recuerda mantener actualizados el correo electrónico y numero de celular de tu clave sol antes de realizar tu declaración.
De tener proyectado que obtendrás un saldo a favor, confirma tu número de cuenta bancaria (CCI) como paso previo a la presentación de tu DDJJ.
La ruta es la siguiente: Sunat – Trámites y Consultas – Mis devoluciones – Registrar CCI.
Recuerda que la cuenta debe estar en moneda nacional, a nombre del declarante. Asimismo Sunat validará dicha cuenta en un plazo de 3 a 4 días hábiles, por lo que si tendrás saldo a favor anda avanzando con este primer requisito si aun no lo tienes registrado.
Para los casos de determinar saldo a favor de Sunat, puedes pedir el Fraccionamiento de dicha deuda, siempre que te acojas en la misma declaración a dicho beneficio (la cuota de pago del fraccionamiento no podrá ser inferior al 5% de la UIT).
En caso de declares como sociedad conyugal o sucesión indivisa, deberás tener ya atribuido el valor que le corresponde a cada cónyuge o partícipe.
Los gastos adicionales deducibles de 3 UIT deben estar sustentados de la siguiente manera:
- Arrendamiento: Con el recibo por arrendamiento que otorgue el propietario del predio o en caso de ser persona jurídica o persona natural con negocio, con la factura por el importe del alquiler.
- Gastos profesionales u oficios: con su respectivo recibo por honorarios.
- Gastos en Hoteles y restaurantes: con boleta de venta que acredite tu DNI o RUC.
- Gastos Essalud Empleadas del hogar: pago de formulario 1662 correspondiente al pago de Essalud de las trabajadoras del hogar.